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21.
Actos reclamados. Reglas para su fijación clara y precisa en la sentencia de amparo.
22.
Amparo improcedente.
23.
Arresto. Si se decreta como medida de apremio dentro del juicio, el amparo debe promoverse dentro del término genérico de 15 días.
24.
Arresto. Si ya se ejecutó, el juicio de amparo promovido en su contra, es improcedente, por constituir un acto consumado de modo irreparable.
25.
Asesoría jurídica a los quejosos con la calidad de víctimas indirectas en el delito de desaparición forzada de personas. Tienen derecho a elegir libremente a los profesionales que la brindan, por lo que pueden revocarlos y nombrarlos en cualquier momento.
26.
Autoridad ejecutora, existencia de sus actos (suspensión).
27.
Autoridad responsable inexistente. Si el juez la tiene con ese caráter antes de la celebración de la audiencia constitucional, no procede decretar el sobreseimiento de los actos reclamados que se le atribuyen.
28.
Autoridades ejecutorias, actos de. No reclamados por vicios propios.
29.
Autoridades para efectos del juicio de amparo. Lo son las "autoridades comunitarias" reconocidas por el artículo 3o., fracción X, de la Ley de derechos de los pueblos y comunidades indígenas del estado de Oaxaca.
30.
Autoridades responsables no designadas.
31.
Autoridades responsables no designadas.
32.
Cambio de situación jurídica. Regla general.
33.
Cambio de situación jurídica. Se actualiza cuando se reclaman actos dentro de una averiguación previa y el ministerio público ya ejercitó la acción penal. (Artículo 73, fracción X, de la Ley de Amparo)
34.
Cambio de situación jurídica. Se actualiza esa causa de improcedencia prevista en el artículo 73, fracción X, de la Ley de Amparo, cuando el acto reclamado consistió en una orden de aprehensión y con posterioridad se acredita que el órgano jurisdiccional dictó auto de libertad por falta de elementos o méritos para procesar.
35.
Carpeta de investigación. Si se trata de delitos cometidos en territorio nacional relacionados con violaciones graves a derechos fundamentales de migrantes, el Ministerio Público debe digitalizar las actuaciones que la integran, realizar un resumen del asunto, y enviar la información por los medios electrónicos a la embajada de México en el Estado respectivo, a fin de que las víctimas extranjeras indirectas, desde el país donde se encuentren, puedan consultarla para ejercer su derecho de acceso a la justicia.
36.
Cesación de efectos del acto reclamado. No se actualiza dicha causa de improcedencia del juicio de amparo, si no se promueve contra la desaparición forzada de personas, y durante su trámite se libera o aparece la persona desaparecida.
37.
Cesación de efectos en amparo. Esta causa de improcedencia se actualiza cuando todos los efectos del acto reclamado son destruidos en forma total e incondicional.
38.
Comisiones especiales de indagación. Puede justificarse su creación, a la luz del marco normativo internacional, en armonía con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
39.
Competencia del juez de distrito, se debe fincar antes de resolver las cuestiones de fondo planteadas en la demanda.
40.
Competencia para conocer y sancionar los delitos cometidos por militares, en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, que afecten los derechos humanos de civiles. Se surte a favor de los jueces de distrito de procesos penales federales.
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Organismo depositante
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