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1.
Documentos públicos, concepto de, y valor probatorio.
2.
Acto reclamado. Debe tenerse por cierto cuando la autoridad en su informe lo niega, y a continuación hace manifestaciones que evidencian su certeza.
3.
Acto reclamado, la carga de la prueba del. Corresponde al quejoso.
4.
Documentos no objetados. Constituyuen admisión ficta de los hechos en ellos consignados.
5.
Pruebas documentales. Su relación en la audiencia constitucional.
6.
Proceso penal acusatorio y oral. Las actuaciones practicadas en una averiguación previa pueden constituir material idóneo para configurar datos de prueba que integren la carpeta de investigación.
7.
Copia fotostática simple de un documento. Si esta concatenada con otros elementos probatorios, puede formar convicción.
8.
Actas de visitas domiciliarias en las que se asienta que en el interior de la negociación visitada se permite la presencia de personas con tendencia a la prostitución, su valor probatorio queda al prudente arbitrio del juzgador para los efectos de conceder o negar la suspensión del acto reclamado, con fundamento en el artículo 124, fracción II, párrafo segundo, de la Ley de Amparo.
9.
Páginas web o electrónicas. Su contenido es un hecho notorio y susceptible de ser valorado en una decisión judicial.
10.
Videograbaciones de audiencias celebradas en procedimientos penales de corte acusatorio y oral contenidas en archivos informáticos almacenados en un disco versátil digital (DVD). Si la autoridad responsable las remite como anexo o sustento de su informe justificado adquieren la naturaleza jurídica de prueba documental pública, y deben tenerse por desahogadas sin necesidad de una audiencia especial.
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Carmina Cortés Rodríguez
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Guillermo Báez Pérez
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Guillermo Cruz García
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Humberto Schettino Reyna
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Segunda Sala
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Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito
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Pleno
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Tercer Tribunal Colegiado en materia civil del Primer Circuito
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Segunda Sala
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Tribunales Colegiados de Circuito
3
Pleno
1
Tercera Sala
1
Repositorio
Repositorio de Documentación sobre Desapariciones en México
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Colección Temática
RDDM
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Organismo depositante
UNAM. Instituto de Investigaciones Jurídicas
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