Actas de visitas domiciliarias en las que se asienta que en el interior de la negociación visitada se permite la presencia de personas con tendencia a la prostitución, su valor probatorio queda al prudente arbitrio del juzgador para los efectos de conceder o negar la suspensión del acto reclamado, con fundamento en el artículo 124, fracción II, párrafo segundo, de la Ley de Amparo.

Público Deposited
Jurisprudencia
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Tema
Tipo de documento
Identificador
  • IIJ_JU_TE_035
Handle
Fecha
  • Noviembre de 1996
Restricción de acceso del ítem
  • Acceso abierto
Proyecto
  • Colección Yankelevich
Organismo depositante
  • UNAM. Instituto de Investigaciones Jurídicas
Idioma
Repositorio
Coleción Temática
Incluido en:
  • Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Epoca
  • Novena época
Secretario
Identificador específico
  • 2a./J. 54/96
Instancia emisora, pleno o sala
Instancia superior
Instancia subordinada

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