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Ley de amparo
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1.
Suspensión de plano y de oficio prevista en el artículo 126 de la Ley de Amparo, vigente a partir del 3 de abril de 2013, el juzgador puede promover sobre su otorgamiento aún cuando no haya admitido a trámite la demanda, al haber prevenido al quejoso para que la aclare.
2.
Sobreseimiento. Es improcedente decretarlo en términos de la fracción IV del artículo 74 de la Ley de Amparo, si negado el acto reclamado por alguna o varias de las autoridades responsables se demuestra su existencia respecto de otra u otras, pues la causal que se actualiza es la prevista en la diversa fracción III del precepto y ley citados.
3.
Reparación integral del daño en desaparición forzada de personas (violación de derechos humanos). Efectos de la concesión del amparo al acreditarse su existencia, aún en el supuesto de que la víctima recupere su libertad.
4.
Orden de aprehensión. Cambia la situación jurídica en relación a la consignación que se pretende hacer por el Ministerio Público.
5.
Juicio de amparo. La presentación de promociones por vía telegráfica está restringida casos urgentes y únicamente a favor de los particulares (legislación vigente a partir del 3 de abril de 2013).
6.
Informe justificado. Negativa de los actos atribuidos a las autoridades.
7.
Desaparición forzada de personas. Si se reclama en el juicio de amparo indirecto, y de los hechos expuestos en la demanda bajo protesta de decir verdad, se advierte que la víctima es menor, las medidas que comprenden el otorgamiento de la suspensión de oficio y de plano deben dictarse acorde con esa condición, y en concordancia con el principio de interés superior de la niñez.
8.
Desaparición forzada de personas. Cuando se reclama en el juicio de amparo indirecto, el otorgamiento de la suspensión de oficio y de plano no sólo comprende ordenar las acciones efectivas e idóneas para localizar y liberar a la víctima, sino también las medidas para que cesen los actos que afectan tanto los derechos de las víctimas indirectas como los de las personas que hayan sufrido un perjuicio directo como consecuencia de dicho acto.
9.
Desaparición forzada de personas. Al ser el juicio de amparo la materialización del derecho a un recurso judicial efectivo, reconocido en la Constitución Federal y en los tratados internacionales en materia de derechos humanos, no se requiere de una ley adjetiva para investigar violaciones graves a derechos humanos, tratándose de este delito.
10.
Desaparición forzada de personas. Al considerarse como una violación evidente de la ley, que genera indefensión a las víctimas directas e indirectas por afectar derechos humanos, los tribunales de amparo, al conocer de los juicios promovidos por esos hechos, deben suplir la deficiencia de la queja.
11.
Cesación de efectos del acto reclamado. No se actualiza dicha causa de improcedencia del juicio de amparo, si no se promueve contra la desaparición forzada de personas, y durante su trámite se libera o aparece la persona desaparecida.
12.
Autoridades responsables no designadas.
13.
Actos reclamados, certeza o inexistencia de los. Técnica en el juicio de amparo.
14.
Actos de extraordinaria afectación a derechos humanos. Reglas procesales diferenciadas que para éstos preveé la ley de amparo, en aras de remover obstáculos para lograr una efectiva y oportuna protección judicial.
15.
Actos consumados. Procedencia del juicio de amparo.
16.
Actos consumados de un modo irreparable.
17.
Acto reclamado. Cesación de sus efectos.
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Tipo de recurso
Tesis Aislada
13
Jurisprudencia
4
Tema
Ley de amparo
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17
Jurisprudencia
16
Materia común
16
Desaparición forzada
8
Juicio de amparo
7
más
Temas
»
Idioma
español
17
Incluido en:
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
17
Secretario
Daniel M. Niño Jiménez
5
Arturo García Gil
1
Blanca E.Quezada Rojas
1
Carlos E. Hernández Hernández
1
Elizabeth Franco Cervantes
1
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Secretarios
»
Instancia emisora, pleno o sala
Primer Tribunal Colegiado en materia penal del Primer Circuito
5
Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito
2
Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en materia administrativa del Primer Circuito
1
Décimo Octavo Tribunal Colegiado en materia administrativa del Primer Circuito
1
Noveno Tribunal Colegiado en materia penal del Primer Circuito
1
más
Instancia emisora, pleno o salas
»
Instancia superior
Suprema Corte de Justicia de la Nación (México)
17
Instancia subordinada
Tribunales Colegiados de Circuito
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17
Repositorio
Repositorio de Documentación sobre Desapariciones en México
17
Colección Temática
RDDM
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Organismo depositante
UNAM. Instituto de Investigaciones Jurídicas
17