Skip to Content
Toggle navigation
Buscar en metadatos
Inicio
Acerca de
Contacto
Toggle navigation
Inicio
Acerca de
Contacto
Cambiar idioma
ES
Cambiar idioma
English
Español
Buscar
Buscar
Borrar filtros
Filtrado por:
Tema
Materia constitucional
Eliminar la restricciónTema: Materia constitucional
« Anterior |
1
-
10
de
24
|
Siguiente »
Ordenar por Relevancia
Relevancia
Fecha de subida ▼
Fecha de subida ▲
Año ▼
Año ▲
Título [A-Z]
Título [Z-A]
El número de resultados a mostrar por página
10 por página
10
por página
20
por página
50
por página
100
por página
Ver Resultados por:
Lista
Galería
Resultados de la búsqueda
1.
Desaparicíon forzada de personas. Se acredita si los policías que detuvieron a la persona cuyo paradero se desconoció a partir de ese acto, no justifican la observancia de lo dispuesto en el artículo 16 de la Constitución Federal y los protocolos que rigen su actuación.
2.
Comisiones especiales de indagación. Puede justificarse su creación, a la luz del marco normativo internacional, en armonía con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
3.
Desaparición forzada de personas. El artículo 215-A del Código Penal Federal (actualmente derogado) que preveé ese delito, al autorizar el término "independientemente", no viola los principios de exacta aplicación de la ley en materia penal y el de reserva de ley, ni el artículo 8, numerales 1 y 2, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
4.
Carpeta de investigación. Si se trata de delitos cometidos en territorio nacional relacionados con violaciones graves a derechos fundamentales de migrantes, el Ministerio Público debe digitalizar las actuaciones que la integran, realizar un resumen del asunto, y enviar la información por los medios electrónicos a la embajada de México en el Estado respectivo, a fin de que las víctimas extranjeras indirectas, desde el país donde se encuentren, puedan consultarla para ejercer su derecho de acceso a la justicia.
5.
Asesoría jurídica a los quejosos con la calidad de víctimas indirectas en el delito de desaparición forzada de personas. Tienen derecho a elegir libremente a los profesionales que la brindan, por lo que pueden revocarlos y nombrarlos en cualquier momento.
6.
Desaparición forzada de personas. Para salvaguardar el derecho humano de la víctima a estar informada del desarrollo del procedimiento, es legal que si aquella se encuentra en el extranjero, sus autorizados accedan a la carpeta de investigación (interpretación conforme al artículo 109, fracciones II, V y XXII, del Código Nacional de Procedimientos Penales, a la luz del artículo 20, apartado C, fracción I, constitucional.
7.
Acceso a la justicia. Se viola ese derecho si no se informa a la víctima indirecta en el delito de desaparición forzada de personas (quien se encuentra en el extranjero), de forma electrónica y por los conductos legales, sobre el desarrollo del procedimiento en la carpeta de investigación, argumentando falta o deficiencia de insumos tecnológicos.
8.
Desaparición forzada de personas. Pronunciamientos de instancias internacionales relacionados con los sujetos activos y conductas típicas que componen el delito respectivo.
9.
Desaparición forzada de personas. El artículo 215-A del Código Penal Federal que preveé ese delito, en la porcoon normativa que establece "independientemente de que haya participado en la detencion", es constitucional y acorde con los tratados internacionales en la materia
10.
Desaparición forzada de personas. El artículo 215-A del Código Penal Federal que preveé ese delito, al autorizar el término "independientemente", no vulnera el principio de legalidad en su vertiente de taxatividad.
« Anterior
Siguiente »
1
2
3
Toggle facets
Limite su búsqueda
Tipo de recurso
Tesis Aislada
21
Jurisprudencia
3
Tema
Jurisprudencia constitucional
24
Materia constitucional
[remove]
24
Materia penal
11
Constitución política
10
Jurisprudencia penal
10
más
Temas
»
Idioma
español
24
Incluido en:
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
24
Secretario
Javier Mijangos y González
5
Ana M. Zatarain Barret
3
Daniel M. Niño Jiménez
2
Héctor G. Espinosa Guzmán
2
Martha E. Hurtado Ferrer
2
más
Secretarios
»
Instancia emisora, pleno o sala
Primera Sala
10
Pleno
3
Noveno Tribunal Colegiado en materia penal del Primer Circuito
2
Primer Tribunal Colegiado en materia penal del Primer Circuito
2
Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito
1
más
Instancia emisora, pleno o salas
»
Instancia superior
Suprema Corte de Justicia de la Nación (México)
24
Instancia subordinada
Primera Sala
10
Tribunales Colegiados de Circuito
10
Pleno
3
Segunda Sala
1
Repositorio
Repositorio de Documentación sobre Desapariciones en México
24
Colección Temática
RDDM
24
Organismo depositante
UNAM. Instituto de Investigaciones Jurídicas
24