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1.
Amparo improcedente.
2.
Desaparición forzada de personas. La competencia para conocer de la demanda de amparo presentada en su contra, se surte a favor del juez de distrito ante quien se promueve.
3.
Desaparición forzada de personas. La competencia para conocer de la demanda de amparo presentada en su contra, se surte a favor del juez de distrito ante quien se promueve.
4.
Suspensión de oficio y de plano prevista en los párrafos primero y segundo del artículo 126 de la Ley de Amparo, si no se admite la demanda y se previene al quejoso para que subsane alguna irregularidad, el órgano de control constitucional debe proveer sobre la citada medida cautelar en el propio auto en que formula ese requerimiento.
5.
Orden de traslado de un centro penitenciario a otro. Si se ejecuta sin intervención de la autoridad judicial, no puede considerarse como un acto dentro del procedimiento y por ende, se actualiza el plazo excepcional para interponer la demanda de amparo en su contra previsto en el artículo 17, fracción IV, de la Ley de Amparo.
6.
Videograbaciones de audiencias celebradas en procedimientos penales de corte acusatorio y oral contenidas en archivos informáticos almacenados en un disco versátil digital (DVD). Si la autoridad responsable las remite como anexo o sustento de su informe justificado adquieren la naturaleza jurídica de prueba documental pública, y deben tenerse por desahogadas sin necesidad de una audiencia especial.
7.
Acto reclamado de carácter positivo. Su existencia debe analizarse de acuerdo con la fecha de presentación de la demanda, aún en el caso de órdenes de aprehensión.
8.
Improcedencia. Estudio preferencial de las causales previstas en el artículo 73 de la Ley de Amparo.
9.
Informe justificado. Consecuencias del momento de rendición o de su omisión (hipótesis diversas del artículo 149 de la Ley de Amparo).
10.
Constancias enviadas por fax entre los órganos del Poder Judicial de la Federación. Si está certificada la hora y fecha de su recepción, así como el órgano que las remite por el secretario de acuerdos del Tribunal Judicial que las recibe, tienen pleno valor probatorio.
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Tipo de recurso
Jurisprudencia
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Tesis Aislada
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Tema
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Jurisprudencia
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Jueces
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Ley de amparo
4
Constitución política
3
más
Temas
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Idioma
español
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Incluido en:
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
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Secretario
Úrsula V. Gómez Pérez
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Alfonso Francisco Trenado Ríos
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Claudia Alatorre Villaseñor
1
Jorge Vázquez Aguilera
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José Díaz de León Cruz
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Primera Sala
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Instancia superior
Suprema Corte de Justicia de la Nación (México)
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Instancia subordinada
Primera Sala
12
Repositorio
Repositorio de Documentación sobre Desapariciones en México
12
Colección Temática
RDDM
12
Organismo depositante
UNAM. Instituto de Investigaciones Jurídicas
12