Desaparición forzada de personas. Al identificarla como acto reclamado en el amparo, el órgano de control constitucional y convencional, oficiosamente, debe ordenar a las autoridades correspondientes que practiquen las diligencias conducentes para lograr la localización y comparecencia del agraviado, asi como requerirles toda la información para ello.

Público Deposited
Tesis Aislada
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Tema
Tipo de documento
Identificador
  • IIJ_JU_TE_086
Handle
Fecha
  • Septiembre de 2012
Restricción de acceso del ítem
  • Acceso abierto
Proyecto
  • Colección Yankelevich
Organismo depositante
  • UNAM. Instituto de Investigaciones Jurídicas
Idioma
Repositorio
Coleción Temática
Incluido en:
  • Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Secretario
Identificador específico
  • VIII.2o.P.A.2 P (10a.)
Instancia emisora, pleno o sala
Instancia superior
Instancia subordinada

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